MUNICIPALIDAD DE RÍO CUARTO

Secretaría de Gestión y Participación Ciudadana

Subsecretaría de Estadística — Observatorio de Gestión Municipal

 

TÉRMINOS Y CONDICIONES DE ACCESO A DATOS Y TABLEROS DEL OBSERVATORIO DE GESTIÓN MUNICIPAL (OGM)

 

Versión 1.0 - Abril 2026

Aprobado conforme a Ordenanza N° 162/2025 y Resolución N° 64/OGRCU

Río Cuarto, Córdoba — Argentina

 

 

PREÁMBULO

El Observatorio de Gestión Municipal (OGM) de la Municipalidad de Río Cuarto es la unidad técnica transversal creada por Resolución N° 64 de la Secretaría de Gestión y Participación Ciudadana, en el marco de la Ordenanza N° 162/2025 de Gobernanza de Datos Públicos, con la finalidad de monitorear, analizar y reportar información estratégica para la toma de decisiones basada en evidencia.

El acceso a los datos, conjuntos de datos (datasets) y tableros de control (dashboard) que gestiona el OGM está sujeto a las condiciones establecidas en el presente documento, cuya aceptación es obligatoria, expresa e irrenunciable por parte de toda persona física o jurídica que solicite dicho acceso.

Al aceptar estos términos, el/la usuario/a declara haber leído, comprendido y aceptado en su totalidad las condiciones aquí establecidas.

 

 

ARTÍCULO 1° — MARCO NORMATIVO

El presente instrumento se rige por las siguientes normas, cuya jerarquía es la siguiente:

  1. Ordenanza N° 162/2025 del Concejo Deliberante de la Ciudad de Río Cuarto — Modelo de Gobernanza de Datos Públicos de la Municipalidad.
  2. Resolución N° 64/2026 de la Secretaría de Gestión y Participación Ciudadana — Creación del Observatorio de Gestión Municipal (OGM).
  3. Ordenanza N° 1513/07 de Acceso a la Información Pública de la Municipalidad de Río Cuarto.
  4. Ley Nacional N° 25.326 de Protección de Datos Personales y su reglamentación.
  5. Ordenanza N° 424/22 del Sector Público Municipal.

En caso de conflicto entre estas normas, prevalecerá la de mayor jerarquía. Este documento no deroga ni modifica ninguna de ellas.

 

 

ARTÍCULO 2° — DEFINICIONES

A los efectos del presente instrumento, se entiende por:

a) Dato: Hecho, concepto, instrucción, carácter o conjunto de caracteres que se expresa por sí mismo y puede ser comunicado, transmitido o procesado, constituyendo información a la que se le asigna o puede asignarse un significado (Ord. 162/2025, Art. 2°).

b) Dato público: Todo dato gestionado por los sujetos del sector público municipal que no sea dato personal protegido ni esté restringido por normativa específica, y que configure un bien de dominio público, de utilidad común, disponible en formato digital.

c) Dato personal: Información referida a personas físicas o jurídicas determinadas o determinables, protegida por la Ley N° 25.326.

d) Tablero de control: Herramienta visual interactiva que sistematiza, agrega y presenta indicadores y métricas sobre gestión municipal, producida por el OGM conforme al Art. 6° de la Resolución N° 64/2026.

e) Dataset: Conjunto organizado y estructurado de datos relacionados entre sí, gestionados bajo estándares del modelo de gobernanza de datos.

f) Usuario/a: Toda persona física o jurídica, pública o privada, que solicita y obtiene acceso a datos o tableros del OGM, previo cumplimiento de las condiciones del presente instrumento.

g) Finalidad declarada: El propósito específico, concreto y verificable para el cual el/la usuario/a solicita acceso a los datos o tableros, declarado al momento del registro.

h) Autoridad de Aplicación: La Subsecretaría de Estadística o la dependencia que en el futuro tenga sus competencias, conforme Resolución N° 32 de la Secretaría de Gestión y Participación Ciudadana.

 

 

ARTÍCULO 3° — CONDICIONES DE ACCESO

3.1. Requisitos previos

Para acceder a los datos y tableros del OGM, el/la usuario/a deberá:

       Registrarse mediante el formulario oficial habilitado por el OGM, consignando datos verídicos, completos y actualizados.

       Declarar en forma expresa y detallada la finalidad para la cual solicita el acceso [1] .

       Aceptar en forma expresa los presentes Términos y Condiciones mediante el casillero de consentimiento habilitado en el formulario de registro, conforme al mecanismo establecido en el Artículo 13° del presente instrumento

       En caso de actuar en representación de una persona jurídica, declararlo expresamente en el formulario de registro, consignando la razón social, CUIT y el carácter invocado. La falsedad de dicha declaración será exclusiva responsabilidad del/la declarante.[2] 

3.2. Niveles de acceso

El OGM podrá establecer distintos niveles de acceso a los datos y tableros según la sensibilidad de la información, los perfiles de usuario habilitados y las categorías de datos definidas en el Art. 3° de la Resolución N° 64/2026.

3.3. Vigencia del acceso

El acceso se otorga por un período determinado, que se consignará en la habilitación. Vencido dicho plazo, el/la usuario/a deberá renovar su registro y aceptar los términos y condiciones vigentes al momento de la renovació[3] n. La Autoridad de Aplicación podrá suspender o revocar el acceso en cualquier momento ante incumplimiento de las presentes condiciones sin previo aviso.[4] 

En el caso de usuarios/as que actúen en representación de una persona jurídica, la vigencia del acceso quedará además condicionada a la subsistencia del carácter invocado al momento del registro. El/la usuario/a deberá notificar al OGM de forma inmediata ante cualquier modificación, vencimiento o extinción de dicho carácter. El incumplimiento de esta obligación implicará la caducidad automática del acceso y será de aplicación lo dispuesto en el Artículo 10° del presente instrumento."[5] [6] 

 

ARTÍCULO 4° — USO PERMITIDO

El acceso a los datos y tableros del OGM se otorga exclusivamente para la finalidad declarada por el/la usuario/a al momento del registro. Se consideran usos permitidos, de manera no taxativa:

       Análisis estadístico, investigación científica, académica o tecnológica, siempre que los resultados se publiquen con cita expresa de la fuente.

       Elaboración de informes de política pública, periodismo de datos o comunicación de interés general, citando al OGM como fuente oficial.

       Uso institucional por parte de organismos públicos municipales, provinciales o nacionales en el ejercicio de sus funciones.

       Desarrollo de herramientas, aplicaciones o visualizaciones de acceso público que contribuyan a la transparencia y rendición de cuentas, con notificación previa al OGM.

       Toda otra finalidad que la Autoridad de Aplicación habilite expresamente mediante acto administrativ[7] [8] o.

       Otra. [9] : detallar. En este caso requerirá  análisis previo  de la  autorización , expresa y escrita de la Autoridad de Aplicación.

 

 

ARTÍCULO 5° — USOS PROHIBIDOS

Queda expresamente prohibido:

  1. Utilizar los datos o tableros para una finalidad distinta a la declarada, sin autorización previa de la Autoridad de Aplicación.
  2. Ceder, transferir, vender, sublicenciar o de cualquier otro modo poner a disposición de terceros los datos o tableros, sin autorización expresa.
  3. Tratar, combinar o cruzar datos del OGM con otras fuentes de información de modo tal que permita identificar o re-identificar personas físicas en violación de la Ley N° 25.326.
  4. Utilizar los datos para fines electorales, de campaña política, publicidad comercial o cualquier otro uso que implique lucro directo a partir de los datos públicos, salvo autorización expresa.[10] 
  5. Modificar, alterar, manipular o presentar los datos o tableros de forma parcial, distorsionada o engañosa que induzca a conclusiones falsas o que afecte la reputación institucional de la Municipalidad.
  6. Utilizar técnicas de scraping masivo, extracción automatizada no autorizada u otros métodos que comprometan la integridad o disponibilidad de la plataforma del OGM.
  7. Acceder a datos o tableros correspondientes a un nivel de acceso superior al habilitado.
  8. Declarar una finalidad falsa o incompleta al momento del registro, o modificar el uso real sin actualizar la declaración de finalidad.
  9. Toda acción que contravenga la Ordenanza N° 162/2025, la Resolución N° 64/2026, la Ley N° 25.326 o cualquier otra normativa aplicable.

 

 

ARTÍCULO 6° — CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

6.1. Datos excluidos del acceso público

No serán accesibles a través del OGM los datos que, conforme al Art. 10° de la Ordenanza N° 162/2025 y al Art. 16° de la Ordenanza N° 1513/07, estén exceptuados de la obligación de publicación e intercambio por razones de seguridad, privacidad u otras causas legales. Asimismo, quedan excluidos los datos confidenciales en los términos de la Ley N° 25.326 y los restringidos por normas específicas.

6.2. Tratamiento de datos personales

Los datos de carácter personal que eventualmente formen parte de los datasets del OGM solo serán accesibles en los casos y con las condiciones expresamente autorizadas conforme a la Ley N° 25.326. El/la usuario/a se compromete a:

       Tratar los datos personales únicamente con la finalidad declarada y con estricto respeto a los derechos de las personas titulares.

       Adoptar las medidas técnicas y organizativas necesarias para garantizar la seguridad e integridad de los datos personales a los que acceda.

       No intentar re-identificar a personas a partir de datos anonimizados o seudonimizados.

       Notificar de inmediato al OGM ante cualquier incidente de seguridad que afecte a los datos personales accedidos.

6.3. Datos del/la usuario/a

Los datos personales del/la usuario/a recabados durante el proceso de registro serán tratados por el OGM exclusivamente para la gestión del acceso, el monitoreo del cumplimiento de los presentes términos y el ejercicio de las facultades de la Autoridad de Aplicación, en cumplimiento de la Ley N° 25.326.

 

 

ARTÍCULO 7° — OBLIGACIONES DEL/LA USUARIO/A

El/la usuario/a se obliga a:

  1. Utilizar los datos y tableros exclusivamente para la finalidad declarada.
  2. Citar siempre al Observatorio de Gestión Municipal de la Municipalidad de Río Cuarto[11]  como fuente de los datos utilizados, indicando la fecha de descarga o consulta y el nombre del dataset o tablero.
  3. Mantener la confidencialidad de las credenciales de acceso y no compartirlas con terceros.
  4. Actualizar de inmediato su información de registro ante cualquier cambio relevante.
  5. Notificar al OGM, sin demora injustificada, cualquier uso indebido, acceso no autorizado o incidente de seguridad que tome conocimiento.[12] 
  6. Conservar, durante el período de acceso y por un plazo mínimo de dos (2) años adicionales, los registros que acrediten el uso dado a los datos en función de la finalidad declarada, y ponerlos a disposición de la Autoridad de Aplicación ante requerimiento.
  7. Cooperar con las auditorías que realice la Autoridad de Aplicación o el auditor externo previsto en el Art. 20° de la Ordenanza N° 162/2025.
  8. Cumplir todas las disposiciones de la Ordenanza N° 162/2025, la Resolución N° 64/2026, la Ley N° 25.326 y la normativa aplicable vigente.

 

 

ARTÍCULO 8° — PROPIEDAD, ATRIBUCIÓN Y LICENCIA DE USO

Los datos públicos gestionados por el OGM son bienes de dominio público municipal en los términos del Art. 5° de la Ordenanza N° 162/2025. Su puesta a disposición no implica cesión de dominio ni modificación de su titularidad pública.

El acceso otorgado confiere una licencia de uso limitada, no exclusiva, intransferible y revocable, para la finalidad declarada y por el período habilitado.

Toda publicación, informe, visualización, aplicación u otro producto derivado del uso de los datos del OGM deberá incluir, de manera visible y accesible, la siguiente leyenda de atribución:

"Fuente: Observatorio de Gestión Municipal (OGM) — Municipalidad de Río Cuarto. Datos disponibles en [URL]. Consultado el [fecha]."

 

 

ARTÍCULO 9° — LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD

La Municipalidad de Río Cuarto, a través del OGM, garantiza la calidad, veracidad y actualidad de los datos conforme a los estándares establecidos en la Ordenanza N° 162/2025. Sin embargo:

       Los datos se proveen en el estado en que se encuentran al momento del acceso. El OGM no se responsabiliza por errores, omisiones o desactualizaciones imputables a las fuentes originales.

       El OGM no asume responsabilidad por decisiones adoptadas por el/la usuario/a con base en los datos accedidos.[13] 

       Los tableros de control son herramientas de apoyo a la gestión y no constituyen actos administrativos ni comprometen posiciones institucionales oficiales.

       La disponibilidad del servicio puede interrumpirse por razones técnicas, de mantenimiento o de fuerza mayor, sin que ello genere responsabilidad alguna para el Municipio.

 

 

ARTÍCULO 10° — SANCIONES Y CONSECUENCIAS DEL INCUMPLIMIENTO

El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente instrumento habilitará a la Autoridad de Aplicación a:

  1. Suspender preventivamente el acceso del/la usuario/a, con notificación inmediata y sin perjuicio del procedimiento posterior.
  2. Revocar definitivamente el acceso mediante acto administrativo fundado.
  3. Iniciar las acciones legales civiles, penales y administrativas que correspondan según la gravedad de la infracción y la normativa aplicable.
  4. Informar a los organismos competentes cuando la infracción pueda constituir una violación a la Ley N° 25.326 u otras normas de orden público.

La revocación del acceso no exime al/la usuario/a del cumplimiento de las obligaciones de confidencialidad, atribución y conservación de registros que permanecerán vigentes con posterioridad.

 

 

ARTÍCULO 11° — MODIFICACIONES

La Autoridad de Aplicación podrá modificar los presentes términos y condiciones mediante acto administrativo fundado. Las modificaciones serán notificadas a los/las usuarios/as activos/as con una antelación mínima de diez (10) días hábiles. La continuación del uso de los datos o tableros tras el vencimiento de dicho plazo implicará la aceptación de los nuevos términos. En caso de no aceptación, el/la usuario/a deberá notificar su baja al OGM dentro del mismo plazo.

 

 

ARTÍCULO 12° — JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE

El presente instrumento se rige por el ordenamiento jurídico de la Provincia de Córdoba y la República Argentina. Para cualquier controversia derivada de su interpretación, cumplimiento o incumplimiento, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Río Cuarto, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.

 

 

ARTÍCULO 13° — REGISTRO DE CONSENTIMIENTO ELECTRÓNICO

La aceptación de los presentes Términos y Condiciones se perfecciona mediante el acto voluntario e informado del/la usuario/a de tildar el casillero de consentimiento habilitado en el formulario de registro del OGM, conforme a lo establecido en la Ley N° 25.506 de Firma Electrónica y normativa concordante.

Dicho acto genera automáticamente un Registro de Consentimiento Electrónico (RCE) [14] que deberá ser conservado por el OGM y contendrá como mínimo los siguientes datos:

     Nombre y apellido o razón social del/la usuario/a.

     DNI o CUIT/CUIL informado al momento del registro del usuario en el OGM

     Correo electrónico declarado en el registro.

     Fecha y hora exacta de la aceptación (marca de tiempo — timestamp).

     Dirección IP desde la cual se realizó la aceptación.

     Versión del documento aceptado (número de versión y fecha de vigencia).

     Finalidad declarada al momento del registro.

     Nivel de acceso otorgado.

El RCE será conservado por el OGM por un plazo mínimo de cinco (5) años desde la fecha de vencimiento del acceso habilitado, y podrá ser utilizado como prueba de consentimiento en sede administrativa o judicial. El/la usuario/a podrá solicitar en cualquier momento una copia de su RCE al OGM.

El casillero de consentimiento mostrará el siguiente texto, que el/la usuario/a deberá leer antes de aceptar:

☐ He leído y acepto en su totalidad los Términos y Condiciones de Acceso a Datos y Tableros del Observatorio de Gestión Municipal (OGM) de la Municipalidad de Río Cuarto — Versión 1.0, aprobados conforme a la Ordenanza N° 162/2025 y la Resolución N° 64/2026. Declaro que los datos consignados en el presente formulario son veraces y que la finalidad declarada es la real y efectiva para la cual utilizaré los datos y tableros.

El botón de envío del formulario permanecerá deshabilitado hasta que el/la usuario/a haya tildado el casillero precedente, garantizando así que la aceptación sea siempre un acto consciente y deliberado.[15] [16] 

 

ARTÍCULO 14° — TEXTO COMPLETO E INFORMACIÓN AL USUARIO/A

El texto completo de los presentes Términos y Condiciones deberá estar disponible en todo momento en el sitio web oficial del OGM, con indicación del número de versión vigente y su fecha de entrada en vigor. El [17] formulario de registro incluirá un enlace directo al documento antes de presentar el casillero de consentimiento, garantizando que el/la usuario/a pueda leerlo en su integridad previo a la aceptación.

Una vez completado el registro, se enviará automáticamente al correo electrónico declarado por el/la usuario/a un acuse de recibo que contendrá la versión del documento aceptado, la fecha y hora de aceptación, y el número de registro asignado por el O[18] GM. Este acuse constituye el comprobante de consentimiento del/la usuario/a y deberá conservarse.

 

ARTÍCULO 15° — MEDIOS DE CONTACTO Y NOTIFICACIONES

Las comunicaciones y notificaciones dirigidas al OGM sólosolo se considerarán válidamente recibidas cuando sean realizadas a través de los siguientes medios oficiales, que estarán publicados y actualizados permanentemente en el sitio web institucional:

     Correo electrónico institucional: la dirección oficial será publicada en el formulario de registro y en el sitio web del OGM.[19] 

     Formulario web de contacto: disponible en el sitio web institucional del OGM.

A los efectos de los plazos establecidos en el presente instrumento, se considerará fecha de notificación al OGM el primer día hábil[20]  siguiente a la recepción efectiva por cualquiera de los medios precedentes.

El OGM se compromete a acusar recibo y dar respuesta en los siguientes plazos:

     Notificaciones urgentes (incidentes de seguridad, uso indebido, acceso no autorizado): 48 horas hábiles.

     Notificaciones administrativas (cambio de finalidad, baja voluntaria, renovación, cambio de representación): 5 días hábiles.[21] 

     Consultas generales: 10 días hábiles.

 

 

VER SI SE HABLA DE TEMA SEGURIDAD EN CUANTO AL SISTEMA, SE MENCIONAN LOS MARCOS NORMATIVOS QUE LA REGULAN EL USO Y PROTECCIÓN DE DATOS, PERO NO SOBRE LA GESTIÓN DE CONTRASEÑAS (CUENTAS GOOGLE OFICIALES), LOGS,ETC.

SUGERENCIAS:

SEGURIDAD DE IDENTIDAD:

     La autenticación se realiza mediante cuentas institucionales de Google de la Municipalidad (OAuth 2.0), por lo que el OGM no almacena contraseñas y se apoya en los estándares de seguridad de Google para la protección de credenciales.

 

CONTROL DE ACCESOS:

     El acceso a cada tablero o conjunto de datos se otorga de forma individual y explícita, aplicando el principio de mínimo privilegio (solo lo necesario según rol y finalidad declarada). La Autoridad de Aplicación valida cada solicitud según la finalidad declarada, el nivel de acceso correspondiente y la normativa vigente.

SEGURIDAD OPERATIVA:

     El sistema registra y conserva trazas de actividad (logs), incluyendo accesos permitidos, accesos denegados, solicitudes de consulta y navegación por tableros. Estos registros permiten monitorear el uso, detectar accesos indebidos y dar cumplimiento a las auditorías establecidas por la Ordenanza N° 162/2025.

 


SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN Y DISPONIBILIDAD DEL SERVICIO:

     La plataforma opera bajo protocolos seguros de comunicación (HTTPS) y aplica medidas técnicas para prevenir el scraping automatizado no autorizado, preservar la integridad de la información y asegurar la disponibilidad del servicio.


estandarizar con desplegable segun opciones punto 4

agregar en la solicitud de acceso . En caso de selección PJ solicitar: cuit, carácter con desplegable (director, presidente, representante legal, otro)

Agregar un casillero para indicar fecha de vencimiento del carácter invocado .

condicionar la vigencia del acceso a 12 meses

una vez aceptado los términos, enviar mail con copia de la declaración jurada, y que en este mail indique el vencimiento del permiso al tablero que sería 1 año a partir del año de habilitación o vencimiento del rol declarado (el que fuese primero)

condicionar el acceso a los 12 meses o fecha de vencimiento del carácter invocado, el que sea anterior

Cambiaría OGM por Subsecretaría de Estadística u dependencia municipal que actúe como autoridad de aplicación.

estas son  las opciones que debe contener la solicitud de acceso.

Referenciar el Art. 8

Detallar en caso de necesitar otro tipo de uso

No me gusta esta salvedad jajajaja

Definir si vamos a seguir utilizando "Municipalidad de Río Cuarto" ó "Gobierno de Río Cuarto"

Agregar mail de notificación o algún input en la web que tome la notificación

Ver que incluye este apartado sino agregar punto donde el OGM no se responsabiliza por las interpretaciones, inferencias o conclusiones que el usuario realice a partir de los datos suministrados.

Ver donde lo alojamos y que se identifique con ese nombre

Pablo tener en cuenta.

Agregar habilitación luego de hacer scroll completo sobre los términos

incorporarlo en la pagina del OGM

tener en cuenta de enviar al mail declarado el documento de TyC

agregara al sitio

tener en cuenta para le conteo del plazo de vencimiento de los accesos

trabajar con un mail automatico a la hora del vencimiento del plazo